Los Tribunales Electorales Regionales están constituidos por un ministro de la Corte de Apelaciones respectiva, elegido por el pleno de ésta, y por dos miembros designados por el Tribunal Calificador de Elecciones de entre personas que hayan ejercido la profesión de abogado o desempeñado la función de ministro o abogado integrante de Corte de Apelaciones por un plazo no inferior a tres años.
Cada Tribunal Electoral Regional es presidido por el ministro de la Corte de Apelaciones que lo integre. En la Región Metropolitana de Santiago, la designación de los ministros que deban integrar los Tribunales Electorales Regionales, es efectuada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Los miembros de los Tribunales Electorales Regionales deben tener residencia en la respectiva Región, duran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelegidos.
Los actuales miembros del Tribunal Electoral Regional de la Sexta Región son: